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    cocoloco
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    00 20/06/2021 12:53
    La Aduana cubana trabaja por una estrategia integral de atención a la población
    Se reitera que están suspendidos los pagos en efectivo de dólares estadounidenses de aranceles y servicios por concepto de importación en frontera en coherencia con la comunicación emitida por el Banco Central de Cuba con motivo de la suspensión temporal de la aceptación de depósitos bancarios en efectivo de esa moneda, a partir del próximo 21 de junio

    Arnaldo Comas Acevedo, jefe de la unidad de Atención a la Población de la Aduana General de la República (AGR), en un encuentro con la prensa, reiteró el interés del organismo en fortalecer el proceso de atención a la población, el cual puede realizarse por la vía presencial en todos los puntos de despacho no comercial y terminales aéreas; los números telefónicos 78838382, 78837575 y 78819732,
    el correo institucional aduana@agr.aduana.gob.cu,
    así como su página en Facebook www.facebook.com/AduanadeCuba/
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    cocoloco
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    00 09/09/2021 17:06
    Se modifican los límites para la importación no comercial de equipos electrodomésticos por personas naturales

    en la Gaceta Oficial N.º 76 Extraordinaria, fue publicada la Resolución 273/2021, mediante la cual la Aduana General de la República dictó que fuese derogada la Resolución 143 del 13 de mayo de 2013, que establece los requisitos técnicos que regulan la importación sin carácter comercial, por personas naturales, de equipos electrodomésticos, así como sus partes y piezas fundamentales.

    Ese documento establecía como requisitos técnicos para admitir la importación de los hornos eléctricos solo los denominados microonda de hasta 2 000 w de potencia, las cocinas eléctricas solo las denominadas vitrocerámicas por inducción con focos que no excedan de 1 500 w y para los aires acondicionados los que no excedan de 12 000 BTU o una tonelada de capacidad.

    Ahora, también se modifican los anexos de las resoluciones 206 Límite para la determinación del carácter comercial a las importaciones que realizan las personas naturales por cualquier vía, y 207 Listado de valoración en Aduana para las importaciones sin carácter comercial, las que no incluyen en sus anexos respectivos las cantidades y valores referenciales específicos para los electrodomésticos, cuya importación no admitía la mencionada Resolución 143.

    Asimismo, la nueva medida decreta la modificación e inclusión en el capítulo 10 de esas resoluciones, los
    artículos, unidad de medida, cantidades y valores referenciales de aduana.

    Para la puesta en vigor de esa Resolución, que deja sin efecto los requisitos técnicos que limitan la importación no comercial por personas naturales –en su condición de viajeros y mediante envíos– de equipos electrodomésticos, se tuvo en cuenta la política aprobada por el Estado y el Gobierno cubanos para el desarrollo perspectivo de las fuentes renovables y el uso racional de la energía en la Mayor de las Antillas.

    También se aclara que los recursos de apelación iniciados antes de la entrada en vigor de esta Resolución y aún no concluidos, se rigen por lo dispuesto en la presente.


    www.granma.cu/cuba/2021-09-07/se-modifican-los-limites-para-la-importacion-no-comercial-por-personas-naturales-de-equipos-electrodomesticos-07-09-2021-13-09-31?fbclid=IwAR01BBoF6UFOQL8XXbmrByhxGt2tCNRmrNEZM_CYO8hrVu0Sz0n...





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    cocoloco
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    00 09/09/2021 17:08
    Re:
    cocoloco, 09/09/2021 17:06:

    Se modifican los límites para la importación no comercial de equipos electrodomésticos por personas naturales

    en la Gaceta Oficial N.º 76 Extraordinaria, fue publicada la Resolución 273/2021, mediante la cual la Aduana General de la República dictó que fuese derogada la Resolución 143 del 13 de mayo de 2013, que establece los requisitos técnicos que regulan la importación sin carácter comercial, por personas naturales, de equipos electrodomésticos, así como sus partes y piezas fundamentales.

    Ese documento establecía como requisitos técnicos para admitir la importación de los hornos eléctricos solo los denominados microonda de hasta 2 000 w de potencia, las cocinas eléctricas solo las denominadas vitrocerámicas por inducción con focos que no excedan de 1 500 w y para los aires acondicionados los que no excedan de 12 000 BTU o una tonelada de capacidad.

    Ahora, también se modifican los anexos de las resoluciones 206 Límite para la determinación del carácter comercial a las importaciones que realizan las personas naturales por cualquier vía, y 207 Listado de valoración en Aduana para las importaciones sin carácter comercial, las que no incluyen en sus anexos respectivos las cantidades y valores referenciales específicos para los electrodomésticos, cuya importación no admitía la mencionada Resolución 143.

    Asimismo, la nueva medida decreta la modificación e inclusión en el capítulo 10 de esas resoluciones, los
    artículos, unidad de medida, cantidades y valores referenciales de aduana.

    Para la puesta en vigor de esa Resolución, que deja sin efecto los requisitos técnicos que limitan la importación no comercial por personas naturales –en su condición de viajeros y mediante envíos– de equipos electrodomésticos, se tuvo en cuenta la política aprobada por el Estado y el Gobierno cubanos para el desarrollo perspectivo de las fuentes renovables y el uso racional de la energía en la Mayor de las Antillas.

    También se aclara que los recursos de apelación iniciados antes de la entrada en vigor de esta Resolución y aún no concluidos, se rigen por lo dispuesto en la presente.


    www.granma.cu/cuba/2021-09-07/se-modifican-los-limites-para-la-importacion-no-comercial-por-personas-naturales-de-equipos-electrodomesticos-07-09-2021-13-09-31?fbclid=IwAR01BBoF6UFOQL8XXbmrByhxGt2tCNRmrNEZM_CYO8hrVu0Sz0n...






    Flexibilizan importación de equipos electrodomésticos
    La norma precisa que, a partir de ahora, se podrán importar cocinas y hornillas eléctricas para uso doméstico de cualquier tipo o modelo

    Publicado: Martes 07 septiembre 2021 | 11:49:54 pm.
    Autor:
    images/authors/2020/08/w0BmXo_17-08-2020_16.08.44.000000.jpg
    digital@juventudrebelde.cu
    La Aduana General de la República autorizó la importación sin carácter comercial por personas naturales de equipos electrodomésticos, así como sus partes y piezas fundamentales, informa la Gaceta Oficial de la República en su Resolución No. 273.

    Según el documento, esas importaciones se encontraban limitadas, pero se modifican teniendo en cuenta la política aprobada para el desarrollo perspectivo de las fuentes renovables y el uso racional de la energía.

    La norma precisa que, a partir de ahora, se podrán importar cocinas y hornillas eléctricas para uso doméstico de cualquier tipo o modelo, y aires acondicionados mayores de una tonelada de capacidad.

    Se aclara que los acondicionadores de aire domésticos de cualquier tipo o modelo mayores de dos toneladas podrán admitirse siempre que su importador acredite a satisfacción de la Aduana que el valor del equipo no excede de mil dólares americanos o su equivalente en otra moneda.


    www.juventudrebelde.cu/cuba/2021-09-07/flexibilizan-importacion-de-equipos-electrodo...
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    Roberto Ramberti
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    00 09/09/2021 19:28
    Fonti di Energia rinnovabili ed uso responsabile .......


    Poiché ora si fa largo uso di Fonti Rinnovabili e la popolazione ....... con gli aumenti decisi per l'elettricità ...... fa un uso responsabile della Energia 😯😰😨
    a che azz servono le limitazioni imposte sui clima, i forni a resistenza e le altre apparecchiature elettriche ........
    LIBERALIZZIAMO TUTTO SENZA LIMITI
    basta che sia IMPORTATO PER USO PERSONALE e non per usi commerciali (che pacchia !!) 😂😂😂😂😂


    ............ se tuvo en cuenta la política aprobada por el Estado y el Gobierno cubanos para el perspectivo de las fuentes renovables y el uso racional de la energía en la Mayor de las Antillas.;


    Flexibilizan importación de equipos electrodomésticos
    La norma precisa que, a partir de ahora, se podrán importar cocinas y hornillas eléctricas para uso doméstico de cualquier tipo o modelo





    🙈🙉🙊


    [Modificato da Roberto Ramberti 09/09/2021 19:42]
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    cocoloco
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    00 25/03/2022 14:32
    Aduana: ¿Qué nuevas normas deben tener en cuenta los viajeros?

    www.trabajadores.cu/20220324/aduana-que-nuevas-normas-deben-tener-en-cuenta-los-viajero...
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    Roberto Ramberti
    Post: 1.107
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    00 26/03/2022 15:02
    Re:
    cocoloco, 25/03/2022 14:32:

    Aduana: ¿Qué nuevas normas deben tener en cuenta los viajeros?

    www.trabajadores.cu/20220324/aduana-que-nuevas-normas-deben-tener-en-cuenta-los-viajero...


    Credo avrai compreso che si parla di attualizzazione delle medidas relative al Sistema Comercial ...... con particolare interesse delle Importazioni che subiscono un successivo intervento di trasformazione a Cuba ... 🧐


    ....... Con respecto a la actividad no comercial, se trabajó mucho en un grupo de reuniones de lo que se hizo en 2021.



    I 125 kg (y Las Mulas) sono totalmente fuori da questa analisi 😇

    [Modificato da Roberto Ramberti 26/03/2022 15:51]
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    Roberto Ramberti
    Post: 1.107
    Sesso: Maschile
    00 26/03/2022 15:51
    Re:
    cocoloco, 25/03/2022 14:32:

    Aduana: ¿Qué nuevas normas deben tener en cuenta los viajeros?

    www.trabajadores.cu/20220324/aduana-que-nuevas-normas-deben-tener-en-cuenta-los-viajero...



    .....
    Explicó que los pasajeros tienen acceso a un formulario que se les entrega en el propio avión y ahí se declara.

    La exportación de MLC a nivel internacional tiene un límite de 10 000.



    Questa affermazione è inesatta!

    Nel caso specifico Italiano, la normativa che attua il contrasto al lavaggio di denaro di provenienza illecita, fissa il limite di € 10.000 per l'effettivo esportabile senza alcun obbligo di dichiarazione, fermo restando l'obbligo di giustificarne il possesso lecito e la provenienza se richiesto, come prevede anche Cuba.

    Le somme > € 10.000 debbono essere obbligatoriamente dichiarate in precedenza alla effettiva esportazione pena il sequestro ed apertura di procedimento per violazione amministrativa ed irrogazione di ammenda per la violazione.
    Il denaro se non viene dimostrato il lecito possesso e la provenienza legale viene definitivamente sequestrato e non restituito

    Quindi al contrario di quanto molti credono ed affermano nei vari Gruppi su Cuba in FB, NON È PROIBITO esportare effettivo superiore a € 10.000 dall'Italua e dalla UE in genere,
    solo si deve procedere alla dichiarazione preventiva.

    In Italia nessuna legge proibisce di esportare il proprio denaro all'estero, solo si devono seguire gli obblighi dichiarativi imposti, proprio a contrasto dei movimenti illeciti e del lavaggio di denaro.



    La norma cubana pressapoco si equivale, sostituendo la dichiarazione preventiva con la richiesta del permiso previo al BCC.
    E se si è provveduto in entrata alla dichiarazione per quanto supera i 5.000 MLC ( prima era espresso in $ equivalenti .... ora si usa il nuovo logo 😄😄) per la medesima somma non è necessario alcun permiso, basta la ricevuta Doganale in entrata, come prescritto nelle Res. 17 y 18/2014 del BCC.

    Su tutta questa medida aleggia però la norma del controllo della provenienza e del giusto possesso del denaro in effettivo, che permette agli Aduaneros di indagare, se hanno il sospetto, anche sulle somme inferiori a 5.000 MLC .

    Quindi alla fine tutti possono essere liberamente indagati anche per somme non considerevoli, dovendo così indicare provenienza e giusto possesso ..... 🤑🤑🤢🤢

    Ora l'ammontare del denaro in effettivo che è possibile esportare è variato ed aumentato a 5.000 CUP (€ 187 cambio legale / € 50 cambio nero).

    Certi farneticazioni lette nei commenti in FB non hanno ragione di esistere......
    I CUP avanzati nei nuovi limiti, possono essere conservati per il prox viaggio, per il taxi alla bisogna od altro arrivando ad ora tarda.
    Se poi sono frutto del cambio nero ...... 😉🙃😋





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    cocoloco
    Post: 10.154
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    00 28/03/2022 09:33
    Adopta la Aduana General de la República nuevas normas referidas a la exportación e importación de bienes. Entrarán en vigor en abril próximo

    www.granma.cu/cuba/2022-03-26/adopta-la-aduana-general-de-la-republica-nuevas-norm...
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    Roberto Ramberti
    Post: 1.107
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    00 28/03/2022 14:11
    Re:
    cocoloco, 28/03/2022 09:33:

    Adopta la Aduana General de la República nuevas normas referidas a la exportación e importación de bienes. Entrarán en vigor en abril próximo

    www.granma.cu/cuba/2022-03-26/adopta-la-aduana-general-de-la-republica-nuevas-norm...




    L'articolo del Granma riporta quanto discusso alla Mesa Redonda .....

    L'unica novità è l'aumento dell'importo di effettivo in CUP export/import da 2.000 a 5.000.

    Poi è tutto un riferimento alla importazione temporanea in esenzione per merce che deve essere lavorata a Cuba e riesportata.

    La parte citata della importazione NON COMMERCIALE fa riferimento alla importazione temporale di oggetti duraturi ..... che non sono effetti personali .... che vengono importati temporaneamente.
    Questo è sempre esistito e prevede l'esame dell'oggetto, sua valutazione, compilazione del modulo da ripresentare quando si riesce.
    Quindi nulla di nuovo, ma come spesso amano fare in TV una ripetizione per chi ascolta.

    Conosciamo la voglia di lavorare degli Aduaneros addetti ed a fronte di richiesta del passeggero colto che solleva il problema su richiesta di arancel, sappiamo cosa preferiscono fare .....😅😅


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    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 28/07/2022 20:28
    28 julio 2022

    La Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó una resolución en la que se establecen las “reglas para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales”. Esta medida fue anunciada recientemente por el ministro de Economía, Alejandro Gil Fernández, en la Asamblea Nacional, donde informó sobre la flexibilización de la importación por personas naturales con carácter no comercial. La flexibilización de la importación por personas naturales con carácter no comercial incluye:

    Definir el carácter no comercial de la importación de las misceláneas por su valor y peso y por la diversidad de los artículos a importar, y no por las cantidades físicas.
    Incrementar la cantidad permitida a importar de algunos artículos. Por ejemplo: celulares, computadores, tabletas, neumáticos y llantas.
    Incrementar el límite de importación mediante envíos de 10 kg a 20 kg.
    Disminuir el valor del kilogramo de importación de 20 USD a 10 USD e incrementar el exento de pago de 1.5 kg a 3 kg para los artículos a los que se aplique el valor-peso.
    Disminuir el 70% del pago del impuesto aduanero (actualmente es del 100%, se reduce al 30%).
    En la resolución publicada en la Gaceta Oficial la autoridad aduanera admite como importación no comercial a realizar por las personas naturales aquellas que estas realizan de manera ocasional para su uso personal, familiar o del hogar, mediante equipajes, envíos, menajes u otras cargas autorizadas. El documento establece el “Listado de Valores de Referencia” para algunos de los productos que como importaciones no comerciales traen las personas naturales por cualquier vía.



    Por otro lado, el Ministerio de Finanzas y Precios estableció que:

    “Las personas naturales que reciban en el territorio nacional envíos aéreos, marítimos, postales, y de mensajería sin carácter comercial, están exentas del pago del Impuesto Aduanero por los primeros treinta dólares estadounidenses (30.00 USD) del valor o su peso equivalente, hasta tres kilogramos (3 kg) del envío, en la relación valor/peso establecida por la Aduana General de la República”.



    www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2022-...
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    cocoloco
    Post: 10.154
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    00 29/07/2022 07:43
    www.cubadebate.cu/noticias/2022/07/28/en-detalles-nuevas-medidas-para-la-importacion-no-comercial-por-personas-na...



    en vigor a partir del próximo 15 de agosto

    La novedad consiste en que, mediante envíos, se pueden importar hasta 200 dólares, que equivalen a 20 kg según normas de Aduana General de la República (1 Kg equivale a 10 dólares).

    hasta ahora el límite era de 10 kg, con igual costo (200 dólares)

    Otra medida es que se aumenta a 3 kg (hoy es 1.5 kg) el peso del paquete por el que no se deberá pagar arancel. Esta norma se refiere a la tarifa arancelaria que tiene que pagar la persona que recibe en Cuba un paquete del exterior


    La tercera medida que se dispone en la Resolución 204 es la rebaja del arancel de aduana a pagar por los restantes 17 kg. Hasta hoy la persona pagaba el 100% del valor. Por ejemplo, cuando se recibía un envío de 10 kg se tenía que pagar por aranceles 4 080 CUP aproximadamente.


    a partir del 15 de agosto, por el restante peso solo se pagará un arancel del 30% del valor en Aduana del paquete que se recibe del exterior. Este impuesto se paga en pesos cubanos, según la tasa de cambio vigente.

    Por ejemplo, el impuesto a pagar por un envío de 20 kg ahora se disminuiría a 1 224 CUP

    Con la nueva norma si usted recibe un paquete de 10 kg se le aplica el 30% a 7 kg, lo que es equivalente al 30% de 70 USD x 24 CUP (en las condiciones actuales sería el 100% de 70 USD x 24 CUP)






    in vigore dal 15 agosto

    La novità è che, attraverso le spedizioni, si possono importare fino a 200 dollari, che equivalgono a 20 kg (Finora il limite era di 10 kg, con lo stesso costo di 200 dollari).

    Un'altra misura consiste nell'aumentare a 3 kg (attualmente 1,5 kg) il peso del pacco per il quale non è previsto il pagamento di dazi doganali. Questa norma si riferisce all'aliquota tariffaria che deve pagare chi riceve a Cuba un pacco proveniente dall'estero.


    La terza misura prevista è la riduzione del dazio doganale da pagare per i restanti 17 kg. Finora si pagava il 100% del valore. Ad esempio, per una spedizione di 10 kg si pagava circa 4.080 CUP di dazi doganali. Dal 15 agosto, per il peso rimanente, verrà addebitato solo il 30% del valore doganale del pacco ricevuto dall'estero.
    Ad esempio, la tassa da pagare per una spedizione di 20 kg sarà ridotta a 1224 CUP.

    Con la nuova regola, se si riceve un pacco da 10 kg, il 30% viene applicato a 7 kg, il che equivale al 30% di 70 USD x 24 CUP (alle condizioni attuali sarebbe il 100% di 70 USD x 24 CUP).

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    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 29/07/2022 20:04
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    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 16/12/2022 14:02
    El Ministerio de Finanzas y Precios informó este jueves que se ha decidido prorrogar hasta el 30 de junio del 2023 los beneficios arancelarios aprobados con carácter temporal mediante la Resolución 309, del 15 de julio de 2021, relativos a la exención de pago del impuesto aduanero por la importación sin carácter comercial de alimentos, aseo y medicamentos por la vía de pasajeros y como equipaje acompañado.
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