Stellar Blade Un'esclusiva PS5 che sta facendo discutere per l'eccessiva bellezza della protagonista. Vieni a parlarne su Award & Oscar!

Cuba Facile

DOGANA

  • Messaggi
  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 07/05/2018 14:36
    Aduana General de la República Informa Viernes, 3 Diciembre, 2021

    En aras de continuar perfeccionando nuestros servicios de atención a la población, reiteramos las vías de atención a la población: Calle 6 no. 381 entre 37 y 39, Plaza de la Revolución, La Habana. CP 10400, teléfonos: 7 881-9732; 7 883-8282, de lunes a viernes.

    Se informa a todos los usuarios que contamos con un nuevo dominio para el correo electrónico

    publico@agr.aduana.gob.cu

    aduana@agr.aduana.gob.cu

    Contamos además página web oficial http//www.aduana.gob.cu

    en Facebook Aduana de Cuba

    en YouTube: Aduana de Cuba

    y en Twitter @AduanaCuba









    www.aduana.gob.cu/index.php





    INFORMACIÓN - Contacte telefónicamente a:


    ⭕ 883-8282; 883-7575 y el 881-9732 (La Habana)

    ⭕ 287827 (En la Ciudad de Matanzas)

    ⭕ 513965 Extensión 119 (En la Ciudad de Cienfuegos)

    ⭕ 225041 (En la Ciudad de Villa Clara)

    ⭕ 223613 Extensión 120 (En la Ciudad de Ciego de Ávila)

    ⭕ 211809; 211303; 211504 Extensión 113; ó por el 211449 (En la Ciudad de Camagüey)

    ⭕ 481801; 468594 Extensión 110 (En la Ciudad de Holguín)

    ⭕ 652892; 628991 Extensión 124 (En la Ciudad de Santiago de Cuba)
    [Modificato da cocoloco 04/12/2021 00:59]
  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 17/06/2018 22:47
    Quantità: www.aduana.gob.cu/index.php/articulos-cantidad-r-320-11/send/9-viajeros/51-res20...

    Valore: www.aduana.gob.cu/index.php/articulos-valor-321-11/send/9-viajeros/52-res2...
  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 15/10/2018 14:25
    Lo que cualquier pasajero puede entrar a Cuba como importación no comercial cuando pasa por la Aduana de Cuba no puede exceder de $1,000 CUP (Pesos Cubanos) o de un peso máximo de 125 kilogramos, equivalentes a 275 libras.
    Estos 125 kg (275 lbs) incluye el equipaje de mano. O sea que es el peso total que haya traído el pasajero, incluido lo que hayas comprado en el aeropuerto donde embarcaste, dentro una tienda Libre de Impuestos o Dutty Free. Te pesarán tus maletas y tu equipaje de mano y no puedes pasarte de 125 kg (275 lbs) tope ni de $1,000 CUP.
    Ahora bien, de esos 125 kg totales (275 lbs), se excluyen de pago aduanal los 30 kg (66 lbs) de tu maleta personal, que pasan exentas de pago aduanero, pues se incluyen en la franquicia de tu boleto aéreo: es tu derecho como pasajero a traer tus enseres personales.

    Extranjeros y cubanos NO residentes en Cuba (emigrados) o con PRE, deben multiplicar esos precios por $25 para saber cuántos CUP deberán pagar.
    A partir de esa franquicia de los 30 kg (66 lbs) de tu maleta personal, si resides en Cuba y es tu primera importación del año deberás pagar $10 CUP por cada kilogramo por encima de los 30 kg (66 lbs) autorizados, hasta el tope de 125 kg (275 lbs) que puedes importar.
    Si es tu segunda importación en el año natural (1 de enero al 31 de diciembre del año en curso) deberás pagar a $10 CUP el kilogramo extra; pero te lo valorarán en CUC, así que esos $10 CUP debes multiplicarlos por 25, por lo que te saldrá a pagar $250 CUP por kilogramo extra.
    En el caso de que seas emigrada o emigrada, o residas en el exterior con PRE (Permiso de Residencia en el Exterior) o seas extranjero, esos $10 CUP debes multiplicarlos por 25, por lo que te saldrá a pagar $250 CUP por kilogramo extra, es decir: por cada kilogramo que importes por encima de los 30 kg autorizados, hasta el tope máximo límite de 125 kg (275 lbs).
    Por último te digo algo de esos $1,000 CUP que menciono a cada rato de valor máximo permitido para importar en Cuba.

    Los equipos como TV, herramientas y electrodomésticos, por ejemplo, no se pesan, sino que se valoran, y no puedes pasarte de un valor total de $1,000 CUP.
    Si llegas a Cuba con tu maletica de 30 kg (66 lbs) que pasas gratis, pero traes cuatro cajas que no se pesan (pero que sí se valoran o se cuantifica su valor), pues contienen electrodomésticos, equipos de música, piezas de carro y demás, que excedan los $1,000 CUP, tendrás que escoger con qué te quedas, porque todo lo que pase de $1,000 CUP de valor te lo van a decomisar. Así de claro.
    Por tanto, no viajes a Cuba con más peso que los 125 kg (275 lbs) de tope máximo porque todo lo que traigas por encima de 125 kg (275 lbs) de peso y de valor de $1,000 te lo van a decomisar, tanto si vives en Cuba o si tienes residencia en el exterior o si eres extranjero.

    En caso de que seas residente permanente en Cuba, cada vez que entres a la Aduana, trata de no traer ni un gramo más de tus 30 kg establecidos (una maleta y un bolsito de mano) pues si por ejemplo, traes aparte un equipo no comprendido entre los enseres personales y te salen a pagar $50.99 CUP de impuestos aduaneros, ya perdiste el derecho de importar tus $1,000 CUP anuales.
    Derecho a importar 25 Kg de Efectos Personales exentos de pago y 5 Kg de regalos exentos de pago ( total 30 Kg exentos de pago ) los que se corresponden con los 50,99 en valor que declara la resolución.
    La importación de estos 30 Kg exentos de pago se ajustará a la normativa de que no sea declarada la mercancía o parte de la misma por la Aduana como mercancía con Carácter Comercial. Se mantiene la equivalencia de 1 Kg = 10,00 pesos (sea el pago en CUP o CUC ).

    MÉTODO ALTERNATIVO VALORACIÓN AL PESO
    De acuerdo con esa norma de la Aduana de Cuba, el valor aduanero de $1,000 indica que el kilogramo sale a $10, por eso es que si son 95 kg pagarías $950.
    Sin embargo, en la concreta, si importas esos 95 kg realmente pagarías $1,450, pues existe otra norma denominada "método alternativo de valoración al peso" que indica que cuando excedes una importación por encima de 75 kg realmente pagas entonces $20 por cada kilogramo, según esta tablita que te pongo cuando hagas click en este enlace.
    LO QUE DEBES PAGAR EN LA ADUANA SEGÚN PESO
    00-30 kg >>>> $00 por kg (Libre de Impuestos)
    31-75 kg >>>> $10 por kg (100% del valor de Aduanas)
    76-125 kg >>> $20 por kg (200% del valor de Aduanas)
    SOBRE LAS NORMAS PARA IMPORTAR Y EXPORTAR DINERO A CUBA
    Las Resoluciones 16 y 17 del Banco Central de Cuba (BCC) indican que puedes entrar y sacar menos de $5,000 USD o equivalente en monedas libremente convertibles sin declararlo.

    Si excedes los $5,000 estás obligado a declarar a la Aduana cuando llegas y a pedir autorización al banco para extraerlo. La moneda CUC (Peso Cubano Convertible) está prohibido totalmente sacarla de Cuba. Ni un solo CUC puedes sacar de Cuba. Te los decomisarán. Si pierdes el vuelo tú serás responsable único.
    Los ciudadanos cubanos domiciliados en el país y los ciudadanos extranjeros residentes permanentes en Cuba pueden exportar e importar a su salida o entrada al país, sumas que no excedan los dos mil pesos cubanos (CUP $2.000) de curso legal, en efectivo y en cualquier denominación.
    La exportación e importación de piezas desmonetizadas y especímenes de pesos cubanos o pesos convertibles, con carácter numismático o patrimonial, están sometidas a las regulaciones específicas dictadas al efecto.
    BEBÉS Y NIÑOS
    En el transporte de pasajero y a los efectos de la Aduana de Cuba, los bebés son los que tienen de 0 a dos años sin cumplir y los niños los que tienen de 2 años 10 sin cumplir.

    Los niños de 2 a 10 años pueden entrar a Cuba con su maleta, de no más de 30 kg (lo aconsejable serían 25 kg).
    En este sentido, un bebé solo puede llevar con pertenencias personales, el bolso de maternidad o un maletín donde van sus pañales, medicamentos, alimentos, biberones y juguetes apropiados a su edad y al tiempo que estarán en Cuba.
    Los niños de 2 a 10 años no cumplidos, podrán entrar en Cuba con su maleta de 25 kg y tal vez los juguetes y documentos que portaba en la cabina del avión, con un tope de 30 kg, que obviamente están libres de pagar impuestos en Cuba.

    Al los niños arribar los 10 años (cumplidos) la ley cubana ya les otorga derechos de adultos en cuanto a lo que pueden importar a Cuba y por tanto se les permite ya entrar con sus 125 kg de peso o el equivalente en valor de $1,000 CUP o CUC, según residan o no en nuestro país.
    DESCARGAR DOCUMENTOS IMPORTANTES DEL ÁREA DE ARCHIVOS

    CONSULTA RESOLUCIONES DE LA ADUANA
    La Resolución 206 te dice los productos que puedes importar y sus cantidades.
    La Resolución 207 te indica los precios que debes pagar en CUP si vives en Cuba.
    www.facebook.com/download/preview/1927733394147502

    TABLA DE CÁLCULO DE LO QUE DEBES PAGAR EN LA ADUANA
    Según el "método alternativo de valoración al peso"
    LIBRO DEL PASAJERO 2016 DE LA ADUANA DE CUBA
    Descarga y Consulta el Libro del Pasajero 2016 de la Aduana General de la República de Cuba (AGR) que te despejará casi todas las dudas para hacer tus maleta cuando viajes a Cuba.
    www.facebook.com/groups/AduanaInmigracion.Cuba/160386143...

    RESOLUCIONES 16 Y 17 BANCO CENTRAL QUE REGULAN ENTRADA Y SALIDA DE DINERO A CUBA
    Descarga y lee las normas legales sobre dinero.
    www.facebook.com/download/preview/516615502016757
  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 24/10/2018 09:31
    La Aduana General de la República de Cuba ha publicado este martes una nota en su perfil de Facebook en la que precisa a los viajeros que revisen las publicaciones de su web aduana.gob.cu, para mantenerse al día sobre las novedades.

    Además de sus redes sociales, la Aduana recuerda que también existe una Oficina de Atención a la Población, encargada de recibir, tramitar y dar respuesta a preguntas, quejas, reclamaciones y denuncias que se deseen hacer de forma presencial. La oficina está ubicada en la esquina de la calle 6 y 39, en el municipio Playa.
    El horario de atención es de lunes a juves 8 de la mañana a 12 del mediodía, y de 1 a 4 de la tarde. Los viernes atienden de 8 a 4 pm.

    Por correo electrónico las preguntas se pueden remitir a la dirección: publico@agr.aduana.gob.cu.
  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 25/11/2018 10:30
    La Aduana General de la República, reitera a todo los viajeros, antes de cualquier duda, aclaración o sugerencia que consulte nuestro sitio WEB oficial cuya dirección es: www.aduana.gob.cu

    También en el libro de Normas Aduaneras que todo viajero debe conocer, publicado por la Editora Política, cuya copia digital en su versión 2016, incluimos en:

    www.aduana.cu/index.php/descargar-ficheros/download/110-normas-2014/430-libro-normas-version-2016...

    Este documento no constituye de por sí una fuente generadora de derecho pero sí tiene como principal objetivo, divulgar la normativa aduanera para así contribuir a facilitar, agilizar su paso por la Aduana y evitar molestias innecesarias.

    Igualmente nos puede contactar en:

    Redes sociales Facebook-Aduana de Cuba

    En la Oficina de Atención a la Población, que es el órgano encargado de recibir, tramitar y dar respuesta a las Preguntas, Quejas, Reclamaciones y Denuncias que nuestros usuarios deseen hacer y está ubicada en las oficinas de la Aduana General de la República.

    Horario de Atención personalizada en sus oficinas de calle 6 esquina a calle 39:

    Lunes a Jueves de 8:00 am a 12 m y 1:00 pm a 4:00 pm

    Viernes de 8:00 am a 4:00 pm

    Atención de Preguntas, Quejas y Reclamaciones por vía telefónica

    (537)883-8282, (537)883-7575 y (537)881-9732

    Atención de Preguntas, Quejas y Reclamaciones por correo electrónico:

    publico@agr.aduana.gob.cu
  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 05/02/2019 13:09
    LA ADUANA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE CUBA


    Nelson Cordovés Reyes

    Jefe de la Aduana General de la República








    Enrique Díaz Rodriguez

    Vicejefe Primero de la Aduana General de la República









    Idalmis Rosales Milanés

    Vicejefa de la Aduana General de la República







    William Pérez González

    Vicejefe de la Aduana General de la República









    Miguel Nuñez Martín

    Vicejefe de la Aduana General de la República





    UNIDADES DE ADUANAS


    Organo Central: Calle 6 esquina a calle 39, Plaza de la Revolución, La Habana. CP 10400 Quejas y Reclamaciones: 7 881-9732; 7 883-8282; 7 883-7575
    Aduana Puerto Habana: Calle Oficio esquina a calle Acosta, Habana Vieja, La Habana. Teléfono: 7 862-4731; 7 863-6567; 7 864-7903; 7 862-3787
    Escuela Nacional de Formación Aduanera: Carretera del Globo, Km. 6 1/2, Las Guasimas, Arroyo Naranjo, La Habana.
    Departamento de Selección al Ingreso, de la AGR: Avenida Independencia, Kilómetro 3 ½, Municipio Boyeros. Teléfono 78844100; 78555466 al 71, Extensión 432
    Aduana Mariel: Calle 90,#506, entre ave 5ta y ave 11, Boca, Mariel, Artemisa, C.P- 37500 Teléfono: 047 390620; 047 390621
    Aduana del Aeropuerto Internacional José Martí (AAIJM): Avenida Van Troi y Final, s/n, Municipio Boyeros, La Habana Teléfono: 7 266-4530; 7 266-4531; 7 266-4787; 7 275-1571; 7 275-1584; 7 275-1503
    Aduana Control Mercántil: Ave. Independencia Km 3 ½ No. 6310 e/ A Y B Municipio Cerro, Habana, Cuba
    Aduana Postal y Envíos: Ave. Independencia No 8543 e/ 106 y 108, Altahabana, Boyeros, La Habana Teléfono: 7 640-0437; 7 642-9858
    Aduana Carga Internacional (AIJM): Carretera Wajay, km 1 1/2, Boyeros, La Habana Teléfono: 7 266-4535, 7 266-4536
    Aduana Matanzas: Acceso al puerto e/ 212 y 230 Zona Industrial, Versalles, Matanzas, Matanzas CP 40100 Teléfono: 045 254112; 045 254344; 045 243143
    Aduana Cienfuegos: Avenida 46 No. 2901 entre 29 y 31 en la Ciudad de Cienfuegos Teléfono: 043 513965; 043 513966; 043 513967
    Aduana Villa Clara: Aeropuerto Internacional Abel Santamaria Cuadrado, Carretera de Maleza, km 11 y medio, Santa Clara, Villa Clara Teléfono: 042 227525; 042 214402; 042 227551
    Aduana Ciego de Avila: Martí # 55 entre Máximo Gómez y Libertad, Ciego de Ávila. Código Postal 65100 Teléfono: 033 223613; 033 222951
    Aduana Camaguey: Calle 4ta No. 258 e/ Gonzalo Moreno y Van Horne. Reparto Garrido. Municipio Camaguey, Camaguey CP 70300 Teléfono: 032 211303; 032 211504; 032 211809
    Aduana Holguín: Ave Internacionalista y Circunvalación Sur, sin numero, CP 80100 Teléfono: 024 481801; 024 468594
    Aduana Santiago de Cuba: Avenida Jesús Menéndez # 656, Santiago de Cuba, CP 90100 Teléfono: 022 628991; 022 628992; 022 628993




    www.aduana.gob.cu/index.php/quienes-somos?fbclid=IwAR3uBbcCy2CSGft8uHjahihQl3W09EtCi8bxbkEssO4iaI9nsw8...
  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 18/05/2019 10:54

    A partir de esa franquicia de 30 kg (66 lbs) de tu maleta personal, si resides en Cuba y es tu primera importación del año deberás pagar $10 CUP por cada kilogramo por encima de los 30 kg (66 lbs) autorizados, hasta el tope de 125 kg (275 lbs) que puedes importar.

    Si es tu segunda importación en el año natural (1 de enero al 31 de diciembre del año en curso) deberás pagar $250 CUP por kilogramo extra.

    En caso de que seas residente permanente en Cuba, cada vez que entres a la Aduana, trata de no traer ni un gramo más de tus 30 kg establecidos (una maleta y un bolsito de mano) pues si por ejemplo, traes aparte un equipo no comprendido entre los enseres personales y te salen a pagar $50.99 CUP de impuestos aduaneros, ya perdiste el derecho de importar tus $1,000 CUP anuales.
    Derecho a importar 25 Kg de Efectos Personales exentos de pago y 5 Kg de regalos exentos de pago ( total 30 Kg exentos de pago ) los que se corresponden con los 50,99 en valor que declara la resolución.
    La importación de estos 30 Kg exentos de pago se ajustará a la normativa de que la mercancía o parte de la misma no sea declarada con Carácter Comercial.



    E' bene ricordarlo

    Oltre la franchigia di 30 kg della vostra valigia personale, se si vive a Cuba e si tratta della prima importazione dell'anno , si pagheranno 10 CUP per chilogrammo oltre i 30 kg e fino al limite massimo di 125 kg che è possibile importare.

    Se è la tua seconda importazione dell'anno (dal 1 gennaio al 31 dicembre) dovrai pagare 250 CUP per ogni chilogrammo in più.

    Nel caso in cui sei residente permanente a Cuba, ogni volta che arrivi in dogana, cerca di non portare neanche un grammo oltre 30 kg, perché se li superi rischi di perdere il diritto di pagare in CUP le prossime importazioni dell'anno in corso



    Ebbene si, anche per 1 solo Kg in piú e dopo aver pagato la corrispondente tassa di 10 CUP... le seguenti importazioni dello stesso anno saranno tassate in CUC

  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 05/08/2019 23:12
    ¿Cómo reclamar decomisos de mercancías ante la Aduana de Cuba?

    Todos los decomisos de mercancías realizados por los funcionarios de la Aduana de Cuba a un pasajero, tanto cubano como extranjero, son apelables, en un plazo de 30 días naturales posteriores a la fecha del decomiso.


    Recurso de apelación por decomisos de mercancías ante la Aduana

    El recurso de apelación por la vía administartiva se presenta por escrito en ese plazo de 30 días. El pasajero debe presentar ese recurso de apelación por escrito ante los Supervisores de Salón en el propio aeropuerto, o puede presenarlo en la Oficina de Atención a la Población de la Aduana que le aplicó el decomiso.

    Dicho recurso de apelación puede ser manuscrito o impreso. Pero, en todos los casos, debe contener todos los datos generales del pasajero (nombre, apellidos, número de pasaporte, dirección particular, teléfonos y correo electrónico, número de vuelo, fecha del decomiso y la fecha en la que se presenta el recurso de apelación).

    Adicionalmente, el documento debe contener una breve pero clara descripción de lo acontecido, y debe incluir de manera precisa los argumentos que el pasajero considera que tiene a su favor, y por los cuales el pasajero considera que se procedió incorrectamente.

    Una vez que se presenta el recurso de apelación, la Aduana dispone de 30 días a partir de la fecha en que recibe el documento, para pronunciarse y notificar al pasajero reclamante.

    En caso de que la notificación sea “sin lugar”, al pasajero le queda la posibilidad de presentar la misma reclamación, pero esta vez dirigida a la Aduana General de la República de Cuba. Esta entidad superior dispone de 30 días, a partir del momento en que recibe el documento de reclamación, para pronunciarse y notificar al pasajero.

    Si la Aduana General de la República ratifica como “sin lugar” el recurso de apelación presentado por el pasajero, queda como expedita la vía judicial, es decir, la persona tiene derecho a presentar una demanda a la entidad ante los tribunales populares.

    Resulta importante aclarar que, en caso de que el pasajero, una vez que se le aplique el decomiso, acuda, en primera instancia, a la vía judicial, pierde su derecho a que sea analizado su recurso de apelación por la vía administrativa.

    Reclamación de mercancías en abandono

    La declaración de mercancías en abandono por parte de la Aduana no es reclamable por la vía administrativa. Es decir, cualquier pasajero que manifieste su voluntad de abandonar mercancías en favor del Estado cubano, por no poder pagar el impuesto de importación o negarse al cumplimiento de otra formalidad, no tiene la posibilidad de reclamar esa mercancía abandonada por la vía administrativa, solamente por la vía judicial.

    Consulte también: Abandono de mercancías en Aduana

    Recurso de endoso de mercancías ante la Aduana

    Todos los pasajeros a los cuales le son retenidas o decomisadas mercancías en la Aduana, tienen la posibilidad de cerderle los derechos que le asisten sobre esa mercancía a otra persona natural, mediante el recurso de endoso.

    Para ello, el titular de la mercancía debe plasmar por escrito los datos de la persona natural a quien le cede los derechos sobre su mercancía. De igual modo, el titular debe plasmar su nombre, apellidos y su firma en los espacios habilitados para ello, en la copia que le es entregada por el funcionario de Aduana, del modelo RAD 01 (Retención, Abandono y Decomiso). Generalmente este modelo es de color amarillo, pero siempre tiene un número de serie único en la parte posterior.

    Este recurso de endoso de mercancía tiene el mismo valor legal de una declaración jurada. Por tanto, una vez que el titular de las mercancías endosa el modelo de RAD 01 en favor de otra persona, cede todos sus derechos sobre estas, incluido el derecho de reclamación.





    ¿Qué es el abandono de mercancía en la Aduana de Cuba?

    El abandono de mercancía en tanto figura legal, tiene dos aristas: el abandono legal y el abandono voluntario.

    Abandono legal de la mercancía de importación en la Aduana de Cuba:
    La Aduana General de la República de Cuba aplica el abandono legal a toda la mercancía que queda extraviada en las instalaciones del aeropuerto. Transcurridos 30 días naturales, si el propietario de la mercancía no se ha presentado ha reclamarla, entonces, las autoridades de la Aduana de Cuba declaran el abandono legal de esa mercancía, en favor del estado cubano.

    También, la Aduana de Cuba declara el abandono legal para aquella mercancía que le fue retenida al pasajero, en el momento del despacho de la importación, por parte de la Aduana. En este caso, se declara el abandono legal, pendiente al cumplimiento de alguna formalidad.

    Casos de formalidades pendientes de cumplimientos:

    El caso más frecuente es: el de la mercancía que requiere un permiso para su entrada al país. Mercanía como micrófonos inalámbricos, ruters, switch, los nanostation, los walkies talkies, entre otros, requieren permiso del Ministerio de Comunicaciones. Si el pasasjero consigue el permiso emitido por esta entidad, puede realizar el despacho de su mercancía en el plazo de 30 días naturales. Si, por el contrario, el Ministerio de Comunicaciones no otorga el permiso requerido, el pasajero no puede realizar el despacho de la mercancía en 30 días naturales, y la mercancía cae en abandono legal. La Aduana, transcurrido este plazo, declara el abandono legal en favor del estado cubano.
    Otro caso es: aquellos pasajeros que no disponen del dinero suficiente para pagar su importación en el momento del despacho. La Aduana les ofrece la posibilidad de retener la mercancía que llevan consigo, excepto sus efectos personales, por un plazo de 30 días naturales. En este período de tiempo el pasajero puede conseguir el dinero para pagar el valor de su importación, y volver a realizar el despacho de la misma. Si el pasajero no puede realizar el despacho de la mercancía en 30 días naturales, la mercancía cae en abandono legal. La Aduana, transcurrido este plazo, declara el abandono legal en favor del estado cubano.


    El abandono voluntario de la mercancía de importación en la Aduana de Cuba:
    Como su nombre lo indica, el abandono voluntario tiene lugar cuando el pasajero declara su voluntad de no realizar la importación de una mercancía determinada, en el momento del despacho de Aduana. Generalmente, esto sucede cuando el pasajero no puede o se niega a cumplir con alguna formalidad de las que impone la Aduana de Cuba, para el procedimiento de importación.



    Si es su decisión, el pasajero declara el abandono voluntario de la mercancía, de manera inmediata, a favor del estado cubano. El abandono voluntario es un procedimiento instantáneo. Se realiza a petición del pasajero y siempre tiene lugar en el mismo momento del despacho. Una vez que se procede al abandono voluntario de determinada mercancía, este proceder es irrevocable por la vía administrativa.

    Casos más frecuentes de abandono voluntario por parte de los pasajeros:

    El caso más frecuente del abandono voluntario es: el que ocurre cuando los pasajeros intentan realizar la importación al país de una determinada mercancía , desconociendo que dicha a mercancía se le cobra un impuesto muy alto. Esto ocurre, sobre todo, cuando el pasajero desconoce los valores otorgados en el listado de valoración de la Aduana a las mercancías cuya importación realizará.
    El otro caso de abandono voluntario más frecuente es: cuando el pasajero abandona mercancía para no tener que pagar por ella. Esta es una opción que se toma cuando, al evtitar el pago de dicha mercancía, el pasajero evita realizar su importación en moneda nacional de ese año calendario, y esa es su finalidad.
    El abandono voluntario de la mercancía es una opción que el pasajero cubano puede valorar, según su conveniencia.

  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 08/08/2019 13:25
    A dónde van a parar los decomisos de la Aduana de Cuba?


    La Aduana General de la República de Cuba recepciona grandes cantidades de mercancía. Dicha mercancía procede, en primera instancia y en mayor medida, de los decomisos que aplica.



    El decomiso de mercancías es una sanción que se aplica a los pasajeros por el incumplimiento de una norma legal específica. Ello implica que la pérdida de esa mercancía por parte del pasajero es impuesta por la institución.

    La otra fuente de la que proceden las mercancías que tiene la Aduana en su poder son aquellas mercancías que el pasajero decide abandonar por su voluntad manifiesta, en el momento del despacho. En la mayoría de los casos, este abandono se realiza porque el pasajero no desea abonar el monto del costo de dichas mercancías.


    Asimismo, también existen mercancías que van a los almacenes de la Aduana porque la Aduana las declara en abandono, debido a que quedaron extraviadas en los salones del aeropuerto, sin que ningún pasajero las reclame en un plazo de 30 días naturales.



    ¿Qué sucede con las mercancías decomisadas por la Aduana?

    Las mercancías que provienen del decomiso permanecen durante 30 días en un “cuarto de retención” en el propio aeropuerto. Durante este período de tiempo, dichas mercancías permanecen tal como se decomisaron, contenidas en una saca de tela cerrada y sellada.

    La razón por la cual se mantienen allí es que el pasajero tiene la opción de presentar un recurso de apelación en contra de esa resolución de decomiso, si considera que el procedimiento no se ejecutó de conformidad con la legislación vigente. Si el pasajero recibe “con lugar” su recurso de apelación, se le devuelve la mercancía que está retenida aún en el propio aeropuerto.

    Consulte aquí toda la información sobre Cómo reclamar decomisos de mercancías ante la Aduana de Cuba.

    Resulta importante aclarar que en la mayoría de los casos de decomiso de mercancías, los pasajeros no presentan recursos de apelación. Por lo tanto, pasados los 30 días establecidos para este procedimiento legal, la mercancía se traslada desde esos cuartos de retención hacia los almacenes de la Aduana.

    En dichos almacenes, se procede a abrir las sacas de contención y a la clasificación de las mercancías. Es una comisión de oficiales de Aduana la que se encarga de este proceder. Esta comisión clasifica las mercancías mediante la determinación de a qué ministerio o entidad estatal corresponde la entrega o comercialización de la misma.

    Algunas mercancías no son comercializadas por la Aduana, sencillamente, son entregadas de forma no onerosa, a los ministerios o entidades del Estados. Tal es el caso de:

    Los libros, se le entregan a la red de bibliotecas públicas.
    Las armas y municiones, se le entregan al Ministerio del Interior.
    Las obras de arte u objetos con valor museable, se le entregan a las direcciones provinciales de patrimonio.
    Las medicinas, equipos e instrumental médico, se le entregan al Ministerio de Salud Pública.
    El dinero, se le entrega a las dependencias del Banco Central de Cuba, en el mismo día en que se realiza el decomiso. El dinero no permanece almacenado por la Aduana.
    Los mariscos, como la langosta y el cangrejo, se entregan a la Oficina Nacional de Inspección Pesquera de cada provincia.
    En otros casos, se procede de la manera siguiente con la mercancía decomisada, por ejemplo:



    El tabaco que se decomisa, se incinera de conjunto con otras mercancías que no tienen valor de uso o que se hallan rotas.
    Los líquidos aerosoles y geles, se vierten en el mismo día de su decomiso.
    Los artículos de informática y telecomunicaciones sí se comercializan con la empresa COPEXTEL.
    El resto de las mercancías que incluyen misceláneas, equipos electrodomésticos, ferretería, útiles del hogar, y otros similares, se comercializan con Almacenes Universales.
    Una vez que estas mercancías están en manos del Ministerio de Comercio Interior, pasan a formar parte de una reserva de los gobiernos provinciales, para su empleo a discreción.



  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 27/09/2019 09:20
    Impuestos sobre los artículos no incluidos en el listado de Aduana de Cuba



    Las antenas de televisión: no se hayan en el listado de valoración. Ante la importación de una de estas se procede como se explicita en el capítulo 10, numeral 47 del listado, donde se hallan: Partes y Piezas de equipos electrodomésticos, cocina y del hogar. Como tal se le asigna a las antenas de televisión un valor de 10 pesos.
    Las motosierras con motor eléctrico: no se hayan en el listado de valoración. Por tanto, se valoran como se explicita en el capítulo 17, numeral 4 del listado, donde se ubican: Herramientas con Motor Eléctrico incorporado. Como tal se le asigna a las motosierras con motor eléctrico un valor de 50 pesos.
    Las motosierras con motor de combustión interna: no se hayan en el listado de valoración. Para su importación se valoran según el capítulo 17, numeral 5 del listado. En este apartado se ubican: Cortadoras de Césped. Como tal se le otorga a las motosierras con motor de combustión interna un valor de 100 pesos.
    Las jarras: no se hayan en el listado de valoración. Estas se valoran según el capítulo 9, numeral 10 del listado. En este se ubican: Platos, tazas, vasos y similares. Como tal se le asigna a las jarras el valor de 1 peso.
    Los fregaderos: no se hayan en el listado de valoración. Ante la importación de uno de estos se procede a valorarlos según el capítulo 4, numeral 42 del listado. Aquí se ubican: Los demás artículos de ferretería. Como tal se le concede a los fregaderos un valor de 30 pesos.
    Las máquinas de fregado: no se hayan en el listado de valoración. Para su importación se valoran según el capítulo 10, numeral 19 del listado. Aquí se agrupan: Máquinas lavadoras/secadoras. Como tal se le asigna a las máquinas de fregado el valor de 100 pesos.
    Los micrófonos alámbricos: no se hayan en el listado de valoración. Se valoran según el capítulo 10, numeral 82 del listado. Aquí se hallan: Micrófonos inalámbricos y sus accesorios. Como tal se les confiere a los micrófonos alámbricos el valor de 50 pesos.
    Las cajas fuertes: no se hayan en el listado de valoración. Se valoran según el capítulo 9, numeral 15 del listado. En este se agrupan: Marquetería, cofres, cajas, estuches de joyería y similares. Como tal se les confiere el valor de 10 pesos.
  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 27/09/2019 09:23
    Re:
    cocoloco, 27/09/2019 09:20:

    Impuestos sobre los artículos no incluidos en el listado de Aduana de Cuba



    Las antenas de televisión: no se hayan en el listado de valoración. Ante la importación de una de estas se procede como se explicita en el capítulo 10, numeral 47 del listado, donde se hallan: Partes y Piezas de equipos electrodomésticos, cocina y del hogar. Como tal se le asigna a las antenas de televisión un valor de 10 pesos.
    Las motosierras con motor eléctrico: no se hayan en el listado de valoración. Por tanto, se valoran como se explicita en el capítulo 17, numeral 4 del listado, donde se ubican: Herramientas con Motor Eléctrico incorporado. Como tal se le asigna a las motosierras con motor eléctrico un valor de 50 pesos.
    Las motosierras con motor de combustión interna: no se hayan en el listado de valoración. Para su importación se valoran según el capítulo 17, numeral 5 del listado. En este apartado se ubican: Cortadoras de Césped. Como tal se le otorga a las motosierras con motor de combustión interna un valor de 100 pesos.
    Las jarras: no se hayan en el listado de valoración. Estas se valoran según el capítulo 9, numeral 10 del listado. En este se ubican: Platos, tazas, vasos y similares. Como tal se le asigna a las jarras el valor de 1 peso.
    Los fregaderos: no se hayan en el listado de valoración. Ante la importación de uno de estos se procede a valorarlos según el capítulo 4, numeral 42 del listado. Aquí se ubican: Los demás artículos de ferretería. Como tal se le concede a los fregaderos un valor de 30 pesos.
    Las máquinas de fregado: no se hayan en el listado de valoración. Para su importación se valoran según el capítulo 10, numeral 19 del listado. Aquí se agrupan: Máquinas lavadoras/secadoras. Como tal se le asigna a las máquinas de fregado el valor de 100 pesos.
    Los micrófonos alámbricos: no se hayan en el listado de valoración. Se valoran según el capítulo 10, numeral 82 del listado. Aquí se hallan: Micrófonos inalámbricos y sus accesorios. Como tal se les confiere a los micrófonos alámbricos el valor de 50 pesos.
    Las cajas fuertes: no se hayan en el listado de valoración. Se valoran según el capítulo 9, numeral 15 del listado. En este se agrupan: Marquetería, cofres, cajas, estuches de joyería y similares. Como tal se les confiere el valor de 10 pesos.



    La Aduana de Cuba valora los paneles solares como un similar o equivalente de una planta eléctrica de combustión interna. Tiene en cuenta la potencia que genera el panel solar y lo clasifica como si fuese una planta.

    Impuesto de Aduana:

    Hasta 900W: 200 pesos
    Mayores de 900 y hasta 1500W: 500 pesos
    Mayores de 1500W y hasta 15KW: 1000 pesos


  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 17/06/2020 19:47
    Última actualización: 16 Junio 2020


    Posterior al anuncio de las nuevas medidas aprobadas por el Gobierno cubano para avanzar hacia la primera etapa de recuperación post Covid-19, nos han llegado diferentes preocupaciones, comentarios y dudas sobre si existen cambios en el valor y en los kilogramos a importar, al limitarse el equipaje acompañado.

    La política aduanera vigente no tiene cambios hasta el momento, se mantiene el límite del valor de importación no comercial por personas naturales hasta los 1000 pesos en cada entrada al país, conforme a lo establecido en el Decreto Ley no. 22 de 1979 “Arancel no comercial”, por lo que los pasajeros pueden traer como equipaje acompañado lo que se establece por las autoridades aeronáuticas, y el resto lo despacha como equipaje no acompañado por carga, hasta completar el valor máximo de importación.

    En cinco de los aeropuertos internacionales del país (La Habana, Matanzas, Camagüey, Holguín y Santiago de Cuba) la empresa Aerovaradero ha creado las condiciones para dar este servicio, y se trabaja en el alistamiento en Villa Clara.

    La Aduana General de la República siempre informará con antelación cualquier cambio o actualización al respecto, por lo que sugerimos consultar nuestra página oficial para estar informado.


    POST COVID-19: INICIO DEL DESPACHO DE CARGAS NO COMERCIALES

    Recientemente fueron anunciadas las nuevas medidas aprobadas por el Gobierno cubano para avanzar hacia la primera etapa de recuperación post Covid-19, a partir de lo cual nos han llegado preocupaciones, comentarios y dudas, sobre las que esclarecemos lo siguiente:

    Desde la 1ra fase se decidió comenzar de forma progresiva, escalonada y organizada, evitando aglomeraciones y cumpliendo los protocolos de salud establecidos, el despacho de las cargas no comerciales a las personas naturales en todos los puntos.

    Los operadores de carga y agencias transitarias cubanas contactarán y citarán a los destinatarios de las cargas para los días y horas que tienen previsto su despacho, iniciando por los municipios cabeceras y la capital del país.

    Se mantiene la medida tomada desde un inicio referente a no declarar en abandono las cargas no comerciales de personas naturales pendientes a despacho, que arribaron en este periodo o están por arribar al país, decretando automáticamente la prórroga por nuestra parte, sin que venza la misma.
  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 03/07/2020 17:41
    La Aduana General de la República de Cuba, aclaró una vez más que las disposiciones para la importación de mercancías no han variado y que se mantienen exactamente igual que antes de que comenzara la pandemia.

    Jorge Luis Morell Hechavarría, jefe del Departamento de Asuntos Legales y Atención a la Población, explicó al diario Sierra Maestra que los pasajeros pueden continuar importando los 125 kilogramos, aunque se deben respetar las medidas tomadas debido al coronavirus.

    “En cuanto a las importaciones personales la política aduanera vigente no ha tenido cambios, se mantiene el valor de importación no comercial por personas naturales hasta 1 000 pesos (125 kilogramos), con la limitación que los viajeros que arriben al país solo pueden traer consigo como equipaje acompañado lo que establece la autoridad aeronáutica: una sola pieza de equipaje en bodega de hasta 32 kilogramos. El resto de la importación la pueden realizar por la vía de cargas aérea o marítima, como equipaje no acompañado, a través de los operadores de cargas existentes en el país. Para esto se aplica una extensión de los límites de recogida de las cargas de 90 días para las que llegan por vía área y 120 días por vía marítima”, declaró Hechavarría.

    Durante la entrevista el funcionario recordó que en la actualidad no se van a declarar en abandono las cargas no comerciales de las personas naturales que arribaron al país durante la emergencia sanitaria y que todavía no han sido entregadas a sus propietarios.

    También comentó que todos los poderes notariales, certificados y permisos que hayan sido emitidos antes de la pandemia y que estén vencidos se van a considerar válidos y aptos para realizar trámites.
  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 18/07/2020 14:55
    da Cibercuba:

    Para los pasajeros que ingresen al país, además del equipaje de cabina, limitar el de bodega hasta dos piezas de 32 kg

    E' una novità o una errata interpretazione? [SM=g27985]
  • OFFLINE
    Roberto Ramberti
    Post: 1.107
    Sesso: Maschile
    00 18/07/2020 19:29
    Re:
    cocoloco, 18/07/2020 14:55:

    da Cibercuba:

    Para los pasajeros que ingresen al país, además del equipaje de cabina, limitar el de bodega hasta dos piezas de 32 kg

    E' una novità o una errata interpretazione? [SM=g27985]



    È la disposizione attualmente vigente per il COVID-19 che ha temporaneamente sospeso i 125kg 😧

    Chi rientra a Cuba può viaggiare solo con due valigie + bagaglio a mano, salvo restrizioni del vettore aereo.

    Il peso max ammesso dalle compagnie aeree per le valigie (regola IATA) è di 32kg, oltre diventa bulto cargo e quindi non ammesso a Cuba.




    [Modificato da Roberto Ramberti 18/07/2020 19:30]
  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 18/07/2020 20:24
    Re: Re:
    Roberto Ramberti, 18/07/2020 19:29:



    È la disposizione attualmente vigente per il COVID-19 che ha temporaneamente sospeso i 125kg 😧

    Chi rientra a Cuba può viaggiare solo con due valigie + bagaglio a mano, salvo restrizioni del vettore aereo.

    Il peso max ammesso dalle compagnie aeree per le valigie (regola IATA) è di 32kg, oltre diventa bulto cargo e quindi non ammesso a Cuba.




    Ok, pero mi sembra abbastanza chiaro che una volta passata la bufera si torni ai 125Kg. O no?


  • OFFLINE
    Roberto Ramberti
    Post: 1.107
    Sesso: Maschile
    00 18/07/2020 23:24
    Re: Re: Re:
    cocoloco, 18/07/2020 20:24:



    Ok, pero mi sembra abbastanza chiaro che una volta passata la bufera si torni ai 125Kg. O no?





    Cocoloco sembri uno che è arrivato a Cuba ieri l'altro 😂😂😂😂

    Non senti puzza di zolfo??





  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 19/07/2020 03:06
    Re: Re: Re: Re:
    Roberto Ramberti, 18/07/2020 23:24:



    Cocoloco sembri uno che è arrivato a Cuba ieri l'altro 😂😂😂😂

    Non senti puzza di zolfo??




    Almeno al momento NO! Anche perché, non essendo arrivato a Cuba ieri l'altro so leggere bene le dichiarazioni ufficiali al contrario di certi periodi$ta$ e di chi vede sempre tutto nero [SM=g27997]



    La política aduanera vigente no tiene cambios hasta el momento, se mantiene el límite del valor de importación no comercial por personas naturales hasta los 1000 pesos en cada entrada al país, conforme a lo establecido en el Decreto Ley no. 22 de 1979 “Arancel no comercial”, por lo que los pasajeros pueden traer como equipaje acompañado lo que se establece por las autoridades aeronáuticas, y el resto lo despacha como equipaje no acompañado por carga, hasta completar el valor máximo de importación
  • OFFLINE
    Roberto Ramberti
    Post: 1.107
    Sesso: Maschile
    00 19/07/2020 09:20
    Re: Re: Re: Re: Re:
    cocoloco, 19/07/2020 03:06:




    Almeno al momento NO! Anche perché, non essendo arrivato a Cuba ieri l'altro so leggere bene le dichiarazioni ufficiali al contrario di certi periodi$ta$ e di chi vede sempre tutto nero [SM=g27997]



    La política aduanera vigente no tiene cambios hasta el momento ..... y el resto lo despacha como equipaje no acompañado por carga, hasta completar el valor máximo de importación


    In questo passaggio sento tanto odor di zolfo ...... poi vedremo 😊



    Io non vedo tutto nero ..... anzi ...

    VEDO TUTTO VERDE LATTUGA! 😂😂😂😂




    [Modificato da Roberto Ramberti 19/07/2020 09:22]
  • OFFLINE
    cocoloco
    Post: 10.154
    Sesso: Maschile
    00 19/07/2020 10:47

    cocoloco, 19/07/2020 03:06:




    Almeno al momento NO! Anche perché, non essendo arrivato a Cuba ieri l'altro so leggere bene le dichiarazioni ufficiali al contrario di certi periodi$ta$ e di chi vede sempre tutto nero [SM=g27997]



    La política aduanera vigente no tiene cambios hasta el momento ..... y el resto lo despacha como equipaje no acompañado por carga, hasta completar el valor máximo de importación


    In questo passaggio sento tanto odor di zolfo ...... poi vedremo 😊


    Io non vedo tutto nero ..... anzi ...

    VEDO TUTTO VERDE LATTUGA! 😂😂😂😂



    "Hasta el momento" va contestualizzado. Trattandosi di una precisazione a seguito di quanto scritto ad minchiam da chi non sa leggere e/o non capisce un caxxo... non credo che significhi che le norme doganali verranno modificate prossimamente

    A sentir "odor di zolfo" si fa presto, ma a meno di essere un'indovino, potrebbe trattarsi di un problema di olfatto [SM=g27985] [SM=g27987]

    Oltretutto, se dovessero esserci dei cambiamenti per quanto riguarda le importazioni private... non é detto che debbano essere per forza sfavorevoli [SM=g27985] ... senza nulla togliere al disperato bisogno di verde lattuga




1